Planes LGTBIQ+

El pasado 2 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBIQ+. Entre otras aplicaciones, esta norma busca promover la igualdad de las personas que forman parte del colectivo LGTBIQ+ en el ámbito laboral y, para ello, establece una serie de medidas de obligado cumplimiento.

Una de estas medidas dispone que todas las empresas de más de 50 personas deberán implantar un Plan LGTBIQ+ para la igualdad real y efectiva del colectivo. Además, tal como describe el artículo 15, también deberán contar con un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBIQ+.  Una vez aprobada, la ley previó un plazo de 1 año para que las empresas cumpliesen con estas nuevas obligaciones en materia de igualdad de la diversidad, por lo tanto, a partir del 2 de marzo de 2024 las empresas de más de 50 personas en plantilla deberán tener asentadas las medidas que han puesto o pretenden poner en marcha para asegurar que en su actividad se está garantizando la igualdad real y efectiva de las personas LGTBIQ+.

El incumplimiento de estas medidas por parte de personas o empresas, constituyendo la vulneración de los derechos del colectivo LGTBIQ+, supondrá una serie de sanciones, recogidas en la Ley. Estas sanciones podrán ir desde 200 euros a 150.000 euros. Además, las compañías que incumplan con estas obligaciones no podrán contratar con la Administración Pública, y podrían verse obligadas a cesar su actividad durante tres años.

  • Promoción de la Diversidad e Inclusión.
  • Cumplimiento legal y evitación de sanciones.
  • Mejora del clima laboral.
  • Fomento de la sensibilización y la educación.
  • Responsabilidad Social Corporativa